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Preguntas frecuentes

1. Regístrese en el Directorio de Editores, Proveedores y Productores de Contenidos (https://siise.bibliotecanacional.gov.co/siise/Seguridad/SolicitudUsuario/NuevoProveedor)
Complete el registro en el directorio correspondiente. Si ya está registrado, pero no tiene acceso al Módulo de Depósito Digital, puede solicitar su activación enviando un correo electrónico a editorproveedores@bibliotecanacional.gov.co con la siguiente información: 
Nombre o razón social 
NIT o cédula 
Correo electrónico activo 
Dirección de domicilio 
Número telefónico 
Ciudad donde se encuentra la editorial o el autor-editor 
Una vez activado el módulo, se le notificará a través del correo electrónico registrado, y podrá proceder con el depósito de sus obras. 

2. Acceda y diligencie el Formulario de Depósito Digital (https://siise.bibliotecanacional.gov.co/siise/Login?NewDepositoDigital)
Una vez registrado, y tras recibir su usuario y contraseña por correo electrónico, acceda al Formulario de Depósito Digital para realizar el depósito de sus obras. 

3. Corroboración de la información 
Posteriormente, recibirá una notificación de aceptación o rechazo del depósito legal, previa validación del proceso por la Biblioteca Nacional de Colombia.  

4. Correcciones o ajustes (si aplica) 
Si las obras enviadas requieren ajustes o información adicional, recibirá un correo electrónico con las instrucciones necesarias. Si no hay observaciones, el proceso se dará por concluido. 

El recibo de depósito legal para obras físicas estará disponible en línea aproximadamente 20 días hábiles después de la entrega de la obra, en el siguiente enlace: https://www.bibliotecanacional.gov.co/es-co/servicios/profesionales-del-libro/deposito-legal/generar-recibo-de-caja  
  
Si la obra es digital, deberá solicitar el recibo de depósito legal enviando un correo electrónico a: deposito-digital@bibliotecanacional.gov.co ​
Sin dar prioridad a alguno de los siguientes objetivos y respetando en todo caso la legislación sobre derecho de autor, el depósito legal permitirá:  
  • Recuperar, organizar, conservar, difundir y permitir el acceso al patrimonio bibliográfico y documental nacional. 
  • Asegurar la consulta del patrimonio cultural de la nación para garantizar el derecho a la información y a la investigación, tanto a nivel nacional como internacional. 
  • Guardar memoria y acrecentar el patrimonio bibliográfico y documental del país como reflejo de la diversidad cultural. ​


La Ley 1915 de 2018, artículo 28 y el Decreto 0149 de 2024.  
Nota: Esta normativa rige a partir del 8 de febrero de 2024. Para las obras publicadas antes de esta fecha, se aplicará el Decreto 1080 de 2015.  ​
  • ​Editores
  • Productores de obras audiovisuales
  • Productos fonográficos y videograbadores
Establecidos en el país, cuyas obras hayan sido divulgadas y circulen en Colombia.   
  
Parágrafo 1. Para esta reglamentación entiéndase por circulación la publicación y distribución de obras en cualquier formato físico o digital, técnica, soporte o medio que el público pueda comprar o recibir de forma gratuita, a la que pueda acceder mediante suscripción paga o gratuita, en plataformas en línea de libre acceso, u otro mecanismo conocido o por conocer.  ​
  • Los calendarios, agendas, propaganda, excepto aquellos que por una característica particular revistan gran interés para la biblioteca (contenido, valor artístico, complemento de otra publicación etc.), lo que será determinado por el Comité de Selección y Adquisiciones.  
  • Las reimpresiones de ediciones que ya formen parte de las colecciones de la biblioteca.  ​
  • Archivos institucionales resultado de la gestión administrativa de entidades públicas o privadas que son competencia de la institución o del Archivo General de la Nación. 
  • Trabajos elaborados por estudiantes o empresas que no hayan sido publicados, como las tesis de grado. Se exceptúan las que tratan sobre la Biblioteca Nacional de Colombia o temas de su interés, como las tesis de maestrías y doctorados de colombianos en el exterior, si el autor le otorga la autorización de uso a la biblioteca.  
  • Correos electrónicos, intranets, archivos de hojas de vida o similares, historias clínicas e información de carácter personal o de acceso restringido.  
  • Colecciones de filatelia, heráldica y otros objetos.  ​



Obras publicadas en Bogotá: tanto en formato impreso como en soporte electrónico (memorias USB, CD, etc.), se deberán entregar 4 ejemplares, así:   

Cantidad  

Entidad  

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   

Un ejemplar (1) 

Biblioteca del Congreso (Álvaro Patiño – Keyla Meneses)   

Carrera 6 No. 8-94, Bogotá   

Teléfono: (601) 3824450 – (601) 3824455   

Un ejemplar (1) 

Universidad Nacional – División de bibliotecas   

Hemeroteca Nacional Universitaria Carlos Lleras   

Primer piso Óvalo central - División de Gestión Documental   

Teléfono: (601) 3165000 Ext. 20091  



Obras publicadas en un lugar diferente a Bogotá: tanto en formato impreso como en soporte electrónico (memorias USB, CD, etc.), se deberán entregar 5 ejemplares, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   

 

 

Un ejemplar (1) 

Universidad Nacional – División de bibliotecas   

Hemeroteca Nacional Universitaria Carlos Lleras   

Primer piso Óvalo central - División de Gestión Documental   

Tel. (601) 3165000 Ext. 20091  

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca departamental o la que haga sus veces, donde tenga asiento principal el respectivo editor o productor. Se exceptúa la entrega de textos escolares.   


Obras impresas bajo demanda: para obras publicadas en el modelo de impresión bajo demanda nacional, se deberán entregar 2 ejemplares, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   



Obras publicadas en el extranjero, cuyo editor esté domiciliado o establecido en el país: para obras publicadas únicamente en el extranjero, cuyo editor esté domiciliado en Colombia, se deberán entregar 2 ejemplares, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   



Obras cuyo PVP (Precio de Venta al Público) supera el 20% de un SMMLV y su tiraje es inferior a quinientos (500) ejemplares: para obras cuyo PVP supera el 20% de un salario mínimo mensual legal vigente y su tiraje es inferior a 500 ejemplares, se deberá entregar 1 ejemplar, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Un ejemplar (1) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   



Obras digitales: para obras nacidas digitales, se deberá entregar una (1) copia digital legible, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Una copia digital (1) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones.  

Entrega a través del aplicativo de depósito digital haciendo clic aquí:  

Calle 24 No. 5-60, Bogotá  

Tel. (601) 3816464 Ext. 3169 

 



Obras audiovisuales, grabaciones sonoras o fonogramas: para obras que circulen en soportes físicos, se deberán entregar 4 ejemplares, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   

 

Dos ejemplares (2) 

Biblioteca departamental o la que haga sus veces, donde tenga asiento principal el respectivo editor o productor. Solo si se publica en un lugar diferente a Bogotá. 



Obras cinematográficas de largometraje: para obras cinematográficas de largometraje reconocidas como producto nacional, se deberá entregar 1 ejemplar, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Un ejemplar (1) 

Fundación Patrimonio Fílmico Colombiano  

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.  

Carrera 45 No. 26-49 (CAN), Bogotá  

Tel. (601) 7561567, 7441341, 7441339 

Correo: documentación@patrimoniofilmico.org.co 

 

 



Obras cinematográficas de cortometraje: para obras cinematográficas de cortometraje reconocidas como producto nacional, se deberá entregar 1 ejemplar, así:  

Cantidad  

Entidad  

 

 

Un ejemplar (1) 

Biblioteca Nacional de Colombia, Grupo de Desarrollo de Colecciones   

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.   

Entrega personal o por correo certificado   

Calle 24 No. 5-60, Bogotá   

Teléfono: (601) 3424100 Ext. 3169   



NOTA: La Biblioteca Nacional de Colombia podrá rechazar los ejemplares entregados en calidad de depósito legal, cuando no se encuentren en condiciones adecuadas para su conservación y preservación.  
​El cumplimiento del Depósito Legal conlleva importantes beneficios:
  • Mayor visibilidad y publicidad para sus publicaciones.
  • Mejor control bibliográfico y garantía a largo plazo de la disponibilidad del material publicado.
  • Creación de registros bibliográficos útiles para los depositantes.
  • Hacer parte de la memoria bibliográfica y documental del país.
  • Participar de manera directa o por interpuesta persona en procesos de contratación estatal para adquisición de libros y dotaciones bibliotecarias.
La entrega de ejemplares y los trámites relacionados con el cumplimiento del depósito legal deben realizarse a título gratuito. No obstante, en contraprestación al cumplimiento de este trámite, el depositante accede a beneficios como mayor visibilidad de sus publicaciones, preservación y disponibilidad a largo plazo del material mediante la aplicación de estándares de organización y conservación, posibilidad de participar en procesos de contratación estatal para la adquisición de libros y dotaciones bibliotecarias, entre otras ventajas mencionadas previamente. Además, el acceso a las colecciones conformadas a través del depósito legal también será gratuito, respetando las disposiciones del derecho de autor. ​

El depósito legal debe realizarse dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la publicación, comunicación pública o reproducción de la obra.  ​
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del depósito legal será sancionado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, con un salario mínimo legal diario vigente por cada día de retraso en el cumplimiento de tales obligaciones y hasta el momento en que se verifique su cumplimiento, sin superar 10 salarios mínimos mensuales por cada ejemplar que incumpla el depósito.  
El responsable del depósito legal que no haya cumplido esta obligación no podrá participar directamente o por interpuesta persona en procesos de contratación estatal para la adquisición de libros y dotaciones bibliotecarias, hasta tanto cumpla con dicha obligación y en su caso, hubiera pagado en su totalidad las sanciones pecuniarias impuestas. La mencionada sanción será impuesta mediante resolución motivada, la cual puede ser objeto de recursos en vía gubernativa.  
 ​
Los ejemplares entregados en cumplimiento del depósito legal pasan a ser propiedad de la entidad responsable de su recepción o de la biblioteca designada para esta función. Estos ejemplares conforman una colección nacional que integra el Patrimonio Bibliográfico y Documental de la Nación, siendo, por tanto, propiedad del Estado. ​

seguimientodl@bibliotecanacional.gov.co  
Teléfono: (601) 3424100 – Ext. 3169  ​