Con el fin de orientar a las administraciones locales sobre las fuentes de financiación con las que cuentan, la Biblioteca Nacional pone a disposición de los administradores locales, los bibliotecarios y la ciudadanía en general, un video orientativo que explica este tema de forma sencilla y concreta.
Las administraciones locales actúan como coordinadores y dinamizadores de las bibliotecas a nivel local y deben velar por el desarrollo bibliotecario de cada municipio o departamento, de modo que se garanticen la sostenibilidad técnica, financiera y social de sus bibliotecas públicas.
La ley 1379 de 2010 se constituye en el marco normativo y legal que define el carácter de servicio público de la biblioteca pública, estableciendo también su condición de bien, servicio y espacio público de interés y utilidad social. Entre los aspectos establecidos en la Ley las administraciones locales deben garantizar el funcionamiento y sostenibilidad de las bibliotecas públicas, en lo relacionado con:
- Las bibliotecas públicas son servicios públicos y, como tal, deben prestarse sus servicios sin solución de continuidad (sin interrupción) y deben ser de carácter universal (para todos).
- Personal bibliotecario idóneo y suficiente.
- Condiciones mínimas de funcionamiento que garanticen la prestación de servicios con criterios de calidad, pertinencia, pluralidad, diversidad cultural y lingüística, y cobertura.
- Prestación de los servicios bibliotecarios básicos establecidos en la ley.
- Acceso público, libre y gratuito a las colecciones, Internet y los servicios bibliotecarios.